EDICTO
12 de marzo de 2026
EDICTOS ( tres ) Municipio de la ciudad de Urdinarrain (E.R.)
A efectos de cumplimentar recaudos, en el trámite administrativo Expte. Nº 2311-2026, Expte. Nº 2318-2026 y Expte. Nº 2312-2026 caratulado “DIRECCION DE AMBIENTE SALUD E INSPECCION GENERAL - EN INFRACCION A LAS ORDENANZAS 731/09 Y 829/2012”, el Municipio de la ciudad de Urdinarrain (E.R.), cita y emplaza por cinco (5) días....
E D I C T O
A efectos de cumplimentar recaudos, en el trámite administrativo Expte. Nº 2311-2026 caratulado “DIRECCION DE AMBIENTE SALUD E INSPECCION GENERAL - RECLAMO POR INMUEBLE CON PASTO ALTO - EN INFRACCION A LAS ORDENANZAS 731/09 Y 829/2012”, el Municipio de la ciudad de Urdinarrain (E.R.), cita y emplaza por cinco (5) días al señor PEREYRA FRANCISCO, sus sucesores y/o herederos y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble ubicado en calle Bvar. San Martin 467, de la ciudad de Urdinarrain (Entre Ríos), Partida Provincial Nº 159151, que se encuentra con yuyales y malezas en exceso entre otros, configurando un ámbito que facilita el desarrollo de roedores e insectos, siendo además molesto para el vecindario, ello en contravención ó infracción al Art. 1º de la Ordenanza Nº 731/09, para que proceda a la limpieza del mismo, bajo formal apercibimiento de hacerlo a su exclusivo costo y cargo -sin perjuicio de la aplicación de las multas que establecen las Ordenanzas Municipales vigentes citadas y proceder al cobro por la vía de apremio fiscal. La presente implica además emplazamiento, para que efectúe el correspondiente descargo y ofrezca la prueba que hagan a su derecho -art. 45º del Código Municipal de Faltas.- Publíquese por un (1) día. Urdinarrain, 28 de Noviembre de 2025. (Fdo. Mg. Pierina A. Rodriguez Dirección de Ambiente Salud e Inspección General).-----------------------------------
E D I C T O
A efectos de cumplimentar recaudos, en el trámite administrativo Expte. Nº 2318-2026 caratulado “DIRECCION DE AMBIENTE SALUD E INSPECCION GENERAL - RECLAMO POR TERRENO CON PASTO ALTO - EN INFRACCION A LAS ORDENANZAS 731/09 Y 829/2012”, el Municipio de la ciudad de Urdinarrain (E.R.), cita y emplaza por cinco (5) días al señor BERARDO MANUEL ALEJANDRO, sus sucesores y/o herederos y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble ubicado en calle Lopez y Planes 391, de la ciudad de Urdinarrain (Entre Ríos), Partida Provincial Nº 109544, que se encuentra con yuyales y malezas en exceso entre otros, configurando un ámbito que facilita el desarrollo de roedores e insectos, siendo además molesto para el vecindario, ello en contravención ó infracción al Art. 1º de la Ordenanza Nº 731/09, para que proceda a la limpieza del mismo, bajo formal apercibimiento de hacerlo a su exclusivo costo y cargo -sin perjuicio de la aplicación de las multas que establecen las Ordenanzas Municipales vigentes citadas y proceder al cobro por la vía de apremio fiscal. La presente implica además emplazamiento, para que efectúe el correspondiente descargo y ofrezca la prueba que hagan a su derecho -art. 45º del Código Municipal de Faltas.- Publíquese por un (1) día. Urdinarrain, 28 de Noviembre de 2025. (Fdo. Mg. Pierina A. Rodriguez Dirección de Ambiente Salud e Inspección General).-----------------------------------
E D I C T O
A efectos de cumplimentar recaudos, en el trámite administrativo Expte. Nº 2312-2026 caratulado “DIRECCION DE AMBIENTE SALUD E INSPECCION GENERAL - INMUEBLE CON MALEZAS EN EXCESO - EN INFRACCION A LAS ORDENANZAS 731/09 Y 829/2012”, el Municipio de la ciudad de Urdinarrain (E.R.), cita y emplaza por cinco (5) días al señor FIORENZA ALBERTO SALVADOR, sus sucesores y/o herederos y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble ubicado en calle Pasaje 2 de Abril 356, entre Bvar 3 de Febrero y Quintana, de la ciudad de Urdinarrain (Entre Ríos), Partida Provincial Nº 154483, que se encuentra con yuyales y malezas en exceso entre otros, configurando un ámbito que facilita el desarrollo de roedores e insectos, siendo además molesto para el vecindario, ello en contravención ó infracción al Art. 1º de la Ordenanza Nº 731/09, para que proceda a la limpieza del mismo, bajo formal apercibimiento de hacerlo a su exclusivo costo y cargo -sin perjuicio de la aplicación de las multas que establecen las Ordenanzas Municipales vigentes citadas y proceder al cobro por la vía de apremio fiscal. La presente implica además emplazamiento, para que efectúe el correspondiente descargo y ofrezca la prueba que hagan a su derecho -art. 45º del Código Municipal de Faltas.- Publíquese por un (1) día. Urdinarrain, 28 de Noviembre de 2025. (Fdo. Mg. Pierina A. Rodriguez Dirección de Ambiente Salud e Inspección General).-------------------------------------------------
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